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Días de descanso obligatorio 2026 y 2027: fechas y pago

Días de descanso obligatorio 2026 y 2027: quedan el 16 de noviembre y el 25 de diciembre, y en 2027 hay 8, con la elección del 6 de junio. Cuánto te pagan si trabajas.

Redacción EncuentraChamba
Jornada y vacaciones · Revisado el 19 oct 2026 · 8 min de lectura
Trabajador de almacén habla por radio entre anaqueles

Foto: Freepik

Respuesta corta

Quedan dos días de descanso obligatorio en 2026: el lunes 16 de noviembre y el viernes 25 de diciembre. En 2027 son ocho, incluida la jornada electoral del 6 de junio. El 2 de noviembre no es obligatorio. Si trabajas uno, te pagan tu salario más un salario doble: el triple (art. 75 de la LFT).

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio que quedan en 2026?

Quedan dos: el lunes 16 de noviembre y el viernes 25 de diciembre de 2026. Los demás de la lista ya pasaron este año.

La lista está en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Tiene nueve fracciones:

  • Fechas fijas. El 1 de enero, el 1 de mayo, el 16 de septiembre y el 25 de diciembre (art. 74, fracciones I, IV, V y VIII).
  • Fechas que se mueven a lunes. El primer lunes de febrero, por el 5 de febrero. El tercer lunes de marzo, por el 21 de marzo. El tercer lunes de noviembre, por el 20 de noviembre (fracciones II, III y VI).
  • Cada seis años. El 1 de octubre, cuando cambia el titular del Poder Ejecutivo Federal (fracción VII). No toca ni en 2026 ni en 2027.
  • Día de elecciones. El de la jornada electoral, en elecciones ordinarias (fracción IX).

El 16 de noviembre de 2026 es el tercer lunes del mes. Por eso el viernes 20 de noviembre es un día de trabajo normal, aunque sea el aniversario de la Revolución.

El 25 de diciembre cae en viernes. Si tu empresa cierra por fin de año, ese día y el 1 de enero no cuentan como vacaciones, según la STPS (Secretaría del Trabajo y Previsión Social). Lo explicamos en la guía de vacaciones en diciembre.

La LFT rige el trabajo del apartado A del art. 123 de la Constitución (art. 1). Si trabajas para el gobierno bajo otra ley, tus días de descanso pueden ser distintos.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en 2027?

En 2027 son ocho: siete de la lista del art. 74 y la jornada electoral del domingo 6 de junio. Las fechas en lunes ya están calculadas con el calendario de 2027.

Días de descanso obligatorio de noviembre de 2026 a diciembre de 2027
  1. 16 nov 2026Por el 20 de noviembreTercer lunes de noviembre.
  2. 25 dic 2026NavidadCae en viernes.
  3. 1 ene 2027Año NuevoCae en viernes.
  4. 1 feb 2027Por el 5 de febreroPrimer lunes de febrero.
  5. 15 mar 2027Por el 21 de marzoTercer lunes de marzo.
  6. 1 may 2027Día del TrabajoCae en sábado.
  7. 6 jun 2027Jornada electoralDomingo de elecciones federales y locales.
  8. 16 sep 2027IndependenciaCae en jueves.
  9. 15 nov 2027Por el 20 de noviembreTercer lunes de noviembre.
  10. 25 dic 2027NavidadCae en sábado.

Fuente: Ley Federal del Trabajo, art. 74, última reforma DOF 14-05-2026; INE, «Proceso Electoral Federal 2026-2027», ine.mx. Días de la semana calculados con el calendario. Consultadas el 19 de octubre de 2026.

Fíjate en tres fechas de 2027. El 1 de mayo y el 25 de diciembre caen en sábado, y el 6 de junio cae en domingo. El art. 74 no dice que el descanso se recorra a otro día cuando cae en fin de semana.

Si ese día no trabajas de todos modos, no hay pago extra. Si te toca trabajarlo, te pagan el triple, como verás más abajo.

¿El 6 de junio de 2027 es día de descanso obligatorio?

Sí. Ese domingo hay elecciones ordinarias, federales y locales, y la ley hace descanso obligatorio el día de la jornada electoral (art. 74, fracción IX).

El INE (Instituto Nacional Electoral) fijó la jornada electoral del proceso 2026-2027 para el 6 de junio de 2027. Se eligen 500 diputaciones federales. Además, habrá elecciones locales en las 32 entidades ese mismo día.

La elección judicial ya no será en 2027. Una reforma a la Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 2 de junio de 2026, la pasó al primer domingo de junio de 2028.

Como cae en domingo, mucha gente ya descansa ese día. Si te toca trabajarlo, la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) indica que, además del triple, te toca la prima dominical del 25 % (art. 71). Si el domingo también es tu descanso semanal, pide asesoría: la cuenta cambia.

¿El 2 de noviembre es día festivo?

No. El lunes 2 de noviembre de 2026 no está en la lista del art. 74. Es un día de trabajo normal y no te deben pago extra si vas.

La PROFEDET lo explica igual: el 1 y el 2 de noviembre no son días de descanso obligatorio. Puedes descansar si tu empleador te da el día de forma voluntaria.

Lo mismo pasa con otras fechas en las que mucha gente no trabaja:

FechaQué se celebra¿Es descanso obligatorio?
Lunes 2 de noviembre de 2026Día de MuertosNo
Viernes 20 de noviembre de 2026Revolución MexicanaNo; se descansa el lunes 16
Sábado 12 de diciembre de 2026Día de la Virgen de GuadalupeNo
Jueves 24 y jueves 31 de diciembre de 2026Nochebuena y fin de añoNo
Jueves 25 y viernes 26 de marzo de 2027Jueves y Viernes SantoNo
Lunes 10 de mayo de 2027Día de las MadresNo

Tu contrato individual o el contrato colectivo pueden darte más días de descanso (arts. 25 y 391). Si es así, vale lo que diga tu contrato.

¿Cuánto me pagan si trabajo un día de descanso obligatorio?

Te pagan el salario de ese día más un salario doble por el trabajo. En total, el triple de un día normal (art. 75).

El salario del día de descanso obligatorio te toca aunque no trabajes. La ley lo llama «el salario que les corresponda por el descanso obligatorio» (art. 75). Si vas a trabajar, a ese salario se le suma el doble.

Ejemplo. Trabajas el lunes 16 de noviembre de 2026.

ConceptoCon el salario mínimo ($315.04)Con $400 al día
Salario del día de descanso$315.04$400.00
Salario doble por trabajarlo$630.08$800.00
Total por ese día$945.12$1,200.00

El salario mínimo general de 2026 es de $315.04 diarios (CONASAMI). En la Zona Libre de la Frontera Norte es de $440.87; ahí el total sería de $1,322.61.

El salario mínimo de 2027 todavía no se anuncia. Cuando salga, la cuenta es la misma: tu salario diario por tres.

Si te pagan por mes, divide tu sueldo entre 30 para sacar tu salario diario (art. 89). Para llevar la cuenta de tus horas de esa semana, usa la calculadora de horas trabajadas.

¿Me pueden obligar a trabajar un día festivo?

Sí, si así se acuerda. Los trabajadores y el patrón deciden cuántas personas trabajan ese día; si no hay acuerdo, decide el Tribunal laboral (art. 75).

Una vez que se decide, quienes deban trabajar están obligados a ir (art. 75). A cambio, cobran el salario del día más el doble.

Esto es distinto de tu día de descanso semanal. Ahí la ley dice que no estás obligado a trabajar (art. 73).

¿Qué diferencia hay entre el descanso obligatorio y el descanso semanal?

El descanso semanal es tu día libre de cada semana; el obligatorio es una fecha fija del calendario. Los dos se pagan, pero no funcionan igual.

ConceptoDescanso semanalDescanso obligatorio
Qué esAl menos 1 día por cada 6 de trabajo, con salario íntegro (art. 69)Las fechas de la lista del art. 74
Qué díaSe procura que sea domingo (art. 71); en trabajos continuos se acuerda (art. 70)El mismo para todos
¿Te pueden pedir que lo trabajes?No estás obligado (art. 73)Sí, si se acuerda o lo decide el Tribunal (art. 75)
Pago si lo trabajasSalario del descanso más un salario doble (art. 73)Salario del descanso más un salario doble (art. 75)

Si trabajas en domingo y descansas otro día de la semana, te toca además una prima de al menos 25 % (art. 71). Te lo explicamos en la guía de prima dominical.

Desde el 1 de enero de 2027, la jornada máxima baja a 46 horas a la semana. El descanso sigue siendo de al menos 1 día por cada 6 de trabajo (art. 69). Revisa los detalles en la guía de la jornada de 46 horas.

¿Qué hago si no me pagan el día festivo trabajado?

Pídelo primero por escrito a tu patrón. Si no te paga, la PROFEDET te asesora gratis y, si lo pides, te representa (arts. 530 y 534).

Junta pruebas de que trabajaste ese día. La Suprema Corte resolvió que, si reclamas el pago de días de descanso, primero debes probar que los trabajaste. Después, el patrón debe probar que te los pagó (jurisprudencia 2a./J. 63/2017, registro digital 2014582).

Te sirven tus recibos de nómina, tu registro de entradas y salidas, mensajes y fotos con fecha.

Tienes un año para reclamar. El plazo cuenta desde el día siguiente a la fecha en que te lo debían pagar (art. 516).

Antes de demandar, la ley pide pasar por el Centro de Conciliación (art. 684-B). Te explicamos cómo en la guía del Centro de Conciliación Laboral.

Fuentes: Ley Federal del Trabajo, texto vigente, última reforma DOF 14-05-2026: arts. 1, 25, 69, 70, 71, 73, 74, 75, 89, 391, 516, 530, 534 y 684-B. Consultada el 19 de octubre de 2026. INE, «Proceso Electoral Federal 2026-2027», ine.mx: jornada electoral del 6 de junio de 2027, 500 diputaciones federales y elecciones locales en las 32 entidades. Consultada el 19 de octubre de 2026. Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial, DOF 2 de junio de 2026: transitorio tercero (elección judicial el primer domingo de junio de 2028). Consultado el 19 de octubre de 2026. PROFEDET, «¿Sabes cuáles son los Días de Descanso Obligatorio para este 2026?», gob.mx, 2 de enero de 2026. Consultada el 19 de octubre de 2026. PROFEDET, «¡Que no te espanten! ¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 1 y 2 de noviembre?», gob.mx, 17 de octubre de 2025. Consultada el 19 de octubre de 2026. STPS, «Vacaciones ¡Es tu derecho! Preguntas frecuentes», gob.mx, diciembre de 2022: un día de descanso obligatorio no cuenta como día de vacaciones. Consultada el 19 de octubre de 2026. Suprema Corte de Justicia de la Nación, Segunda Sala, jurisprudencia 2a./J. 63/2017 (10a.), «Días de descanso semanal y de descanso obligatorio. Carga de la prueba tratándose de reclamaciones por aquel concepto», registro digital 2014582, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, junio de 2017. Consultada el 19 de octubre de 2026. CONASAMI, "Incremento a los Salarios Mínimos para 2026", gob.mx, 3 de diciembre de 2025: $315.04 general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte. Consultada el 19 de octubre de 2026. Esta guía es informativa. Los cálculos son aproximados y se basan en fuentes públicas del gobierno de México; no son asesoría legal. Para tu caso, la PROFEDET te asesora gratis. Ley Federal del Trabajo · INE: elecciones 2027 · DOF: reforma al Poder Judicial · PROFEDET: descanso obligatorio 2026 · PROFEDET: 1 y 2 de noviembre · STPS: preguntas frecuentes de vacaciones · SCJN: tesis 2014582 · CONASAMI: salarios mínimos 2026