Respuesta corta
Una liquidación por despido injustificado suma tu finiquito, 3 meses de salario integrado (art. 48 de la LFT) y la prima de antigüedad: 12 días por año, con un tope de $630.08 diarios en 2026 (arts. 162 y 486). Con $15,000 al mes y 5 años de antigüedad, la indemnización y la prima suman unos $77,466 antes de impuestos, más tu finiquito. Haz tu cuenta en la calculadora de liquidación.
¿Cómo se calcula una liquidación por despido paso a paso?
Se calcula en 5 pasos: sacas tu salario diario, lo conviertes en salario integrado y sumas finiquito, indemnización y prima de antigüedad.
- Saca tu salario diarioSi te pagan por mes, divide tu sueldo entre 30 (art. 89).
- Saca tu salario integradoSuma a tu salario diario la parte diaria de tu aguinaldo y tu prima vacacional (art. 84).
- Calcula tu finiquitoSueldo pendiente, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional en proporción.
- Suma la indemnización90 días de salario integrado, o sea 3 meses (art. 48).
- Suma la prima de antigüedad12 días por año trabajado, con tope de 2 salarios mínimos (arts. 162 y 486).
Fuente: Ley Federal del Trabajo, arts. 48, 76, 80, 84, 87, 89, 162 y 486, última reforma DOF 14-05-2026; CONASAMI, salarios mínimos 2026. Consultadas el 26 de octubre de 2026.
El salario integrado es la base de la indemnización. Es tu salario diario más lo que cada día "ganas" de prestaciones (art. 84). Con las prestaciones de ley, la fórmula queda así:
Salario integrado = salario diario × (1 + 15 ÷ 365 + días de vacaciones × 0.25 ÷ 365)
Los 15 días son el aguinaldo mínimo (art. 87). El 0.25 es la prima vacacional mínima de 25 % (art. 80). Los días de vacaciones dependen de tus años (art. 76):
| Años trabajados | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
Si tu patrón te da más aguinaldo, más prima o vales de despensa, tu salario integrado sube. Usa tus cifras reales de tu recibo de nómina.
¿Cuánto me toca de liquidación según mi sueldo y mis años?
Esta tabla suma la indemnización de 3 meses y la prima de antigüedad. No incluye el finiquito, porque ese depende de la fecha exacta de tu salida.
| Sueldo mensual | 1 año | 3 años | 5 años | 10 años |
|---|---|---|---|---|
| Salario mínimo ($9,451.20) | $33,532 | $41,171 | $48,810 | $67,751 |
| $12,000 | $42,575 | $52,274 | $61,973 | $86,022 |
| $15,000 | $53,219 | $65,342 | $77,466 | $107,527 |
| $20,000 | $70,520 | $85,806 | $101,092 | $138,979 |
| $30,000 | $101,999 | $117,368 | $132,736 | $170,664 |
Supuestos. Prestaciones mínimas de ley, salario mínimo general de $315.04 diarios y vacaciones del último año cumplido. Cifras antes de impuestos y redondeadas al peso.
Fíjate en lo que pasa arriba de $20,000. La prima de antigüedad deja de crecer con tu sueldo: se calcula con un máximo de $630.08 al día, el doble del salario mínimo (art. 486). La indemnización, en cambio, no tiene tope.
Ejemplo completo: ¿cuánto le toca a quien gana $15,000 al mes?
Unos $96,620 antes de impuestos. Este es el caso de Laura, un ejemplo con números redondos.
Laura gana $15,000 al mes. Entró el 1 de marzo de 2021 y la despiden sin causa el 26 de octubre de 2026. Lleva 2,065 días en la empresa, o sea 5.66 años. Va en su sexto año, así que le tocan 22 días de vacaciones.
- Salario diario: $15,000 ÷ 30 = $500.00.
- Salario integrado: $500 × (1 + 15 ÷ 365 + 22 × 0.25 ÷ 365) = $528.08.
| Concepto | Cuenta | Monto |
|---|---|---|
| Aguinaldo proporcional | 15 días × 299 días del año ÷ 365 × $500 | $6,143.84 |
| Vacaciones proporcionales | 22 días × 239 días desde su aniversario ÷ 365 × $500 | $7,202.74 |
| Prima vacacional | 25 % de sus vacaciones | $1,800.68 |
| Indemnización | 90 días × $528.08 | $47,527.40 |
| Prima de antigüedad | 12 días × $500 × 5.66 años | $33,945.21 |
| Total aproximado | $96,619.87 |
El ejemplo supone que su sueldo está pagado hasta el día de la salida y que no tomó vacaciones desde su último aniversario. Si la empresa se niega a reinstalarla en los casos de ley, se sumarían 20 días por año: unos $59,753 más.
La diferencia entre firmar un finiquito y cobrar la liquidación completa es de $81,473 en este caso. Por eso conviene hacer la cuenta antes de firmar cualquier papel.
¿Cuándo se suman los 20 días por año?
Solo en casos específicos. Son 20 días de salario por cada año trabajado, además de los 3 meses (art. 50, fracción II).
Aplican cuando el patrón no está obligado a reinstalarte y decide no hacerlo (art. 49). Pasa si tenías menos de 1 año, si eras de confianza, si trabajabas en el hogar o si eras eventual. También aplican si el patrón se niega a ir a juicio o a cumplir la sentencia (art. 947).
Si tu contrato era por tiempo determinado de menos de un año, la regla cambia: te toca la mitad del tiempo que trabajaste (art. 50, fracción I). Los detalles de cada caso están en la guía me despidieron: qué me corresponde.
¿Cuánto cambia si el despido es justificado?
Mucho. Si el despido es justificado, no hay indemnización: solo te toca tu finiquito y, si eras de planta, tu prima de antigüedad (art. 162, fracción III).
En el ejemplo de Laura, eso daría $49,092.47 en lugar de $96,619.87. Es casi la mitad.
Pero que la empresa diga "justificado" no lo vuelve justificado. Tiene que haber una causa de la lista del art. 47, como más de 3 faltas en 30 días sin permiso. Y el patrón debe darte un aviso por escrito con la causa y las fechas. Si no te lo dio, la ley presume que el despido fue injustificado (art. 47).
¿La liquidación paga ISR?
Una parte sí. Lo que recibes por indemnización y prima de antigüedad no paga ISR hasta 90 UMA por cada año trabajado: $10,557.90 por año en 2026 (art. 93, fracción XIII, de la Ley del ISR).
Para esa cuenta, una fracción de más de 6 meses cuenta como año completo. Laura lleva 5 años y 7 meses, así que se le cuentan 6 años: $63,347.40 libres de impuesto.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Indemnización + prima de antigüedad | $81,472.61 |
| Parte exenta (6 años × 90 UMA) | $63,347.40 |
| Parte que paga ISR | $18,125.21 |
Tu patrón retiene el impuesto de esa parte con la tasa de tu último sueldo mensual (arts. 95 y 96 de la Ley del ISR). Con $15,000 al mes, esa tasa ronda el 9.4 %, así que la retención sería de unos $1,700. El aguinaldo tiene su propia exención de $3,519.30 y la prima vacacional, de $1,759.65 (art. 93, fracción XIV). Más detalle en la guía del ISR del aguinaldo.
¿Cuántos despidos terminan en un acuerdo de pago?
Más de la mitad. Entre el 1 de septiembre de 2025 y el 30 de junio de 2026, los Centros de Conciliación de todo el país admitieron 795,116 solicitudes y cerraron 435,860 convenios (Segundo Informe de Gobierno).
- Solicitudes de conciliación admitidas795,116
- Convenios celebrados435,860
Fuente: Gobierno de México, Segundo Informe de Gobierno 2025-2026, apartado «Justicia laboral». Consultado el 26 de octubre de 2026.
Son más de 2,600 solicitudes al día. Y el despido es el motivo principal: concentró el 61 % de las conciliaciones que atendió la PROFEDET en ese periodo.
En los asuntos de competencia federal, el Centro Federal de Conciliación reporta una eficiencia de 84 % en 2026. Desde noviembre de 2020 ha cerrado 483 mil conciliaciones individuales y recuperado más de 121 mil millones de pesos para las personas trabajadoras (CFCRL, 30 de julio de 2026).
Otro dato que conviene saber: en septiembre de 2026, el 54.3 % de quienes trabajan en México lo hacía en la informalidad (INEGI). No tener contrato por escrito no te quita tus derechos. La ley dice que esa falta es culpa del patrón (art. 26 de la LFT).
¿Qué hago si no me quieren pagar mi liquidación?
Cuida tu plazo: tienes 2 meses desde el día siguiente al despido para reclamar (art. 518). Después pierdes el derecho a la indemnización.
- Haz tu cuenta. Usa la calculadora de liquidación con tu sueldo y tus fechas. Llega a cualquier plática sabiendo tu número.
- No firmes papeles en blanco ni una renuncia que no escribiste. Renunciar a tu indemnización no tiene validez (art. 33).
- Pide asesoría gratis en la PROFEDET, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
- Presenta tu solicitud de conciliación. Desde ese día, tu plazo de 2 meses se suspende (art. 521). Te explicamos cómo en la guía del Centro de Conciliación Laboral.
El buen dato: 74 de cada 100 personas desempleadas en septiembre de 2026 llevaban 3 meses o menos sin trabajo (INEGI). Tu liquidación es el colchón para ese tiempo. Si todavía no sabes si te toca finiquito o liquidación, empieza por la guía de finiquito o liquidación.
Fuentes: Ley Federal del Trabajo, texto vigente, última reforma DOF 14-05-2026: arts. 26, 33, 47, 48, 49, 50, 76, 80, 84, 87, 89, 162, 486, 518, 521 y 947. Consultada el 26 de octubre de 2026. Ley del Impuesto sobre la Renta, texto vigente, última reforma DOF 01-04-2024: arts. 93, fracciones XIII y XIV, 95 y 96. Consultada el 26 de octubre de 2026. CONASAMI, "Incremento a los Salarios Mínimos para 2026", gob.mx, 3 de diciembre de 2025: $315.04 diarios general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte. Consultada el 26 de octubre de 2026. INEGI, Unidad de Medida y Actualización (UMA): $117.31 diarios en 2026. Consultada el 26 de octubre de 2026. Gobierno de México, Segundo Informe de Gobierno 2025-2026, «Justicia laboral»: 795,116 solicitudes, 435,860 convenios y 61 % de conciliaciones de la PROFEDET por despido. Consultado el 26 de octubre de 2026. Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, «CFCRL consolida avances en justicia laboral», 30 de julio de 2026. Consultado el 26 de octubre de 2026. INEGI, Indicadores de Ocupación y Empleo, septiembre de 2026, 22 de octubre de 2026: desocupación de 2.8 %, informalidad de 54.3 % y duración del desempleo. Consultado el 26 de octubre de 2026. Esta guía es informativa. Los cálculos son aproximados y se basan en fuentes públicas del gobierno de México; no son asesoría legal ni fiscal. Para tu caso, la PROFEDET te asesora gratis. Ley Federal del Trabajo · Ley del Impuesto sobre la Renta · CONASAMI: salarios mínimos 2026 · INEGI: UMA · Segundo Informe: justicia laboral · CFCRL: avances en justicia laboral · INEGI: ENOE septiembre 2026



